2.10. SOCIEDAD LIMITADA

la sociedad limitada o sociedad de responsabilidad limitada es una sociedad mercantil capitalista, es decir es más importante la aportación de capital que las características de los socios para gestionar la empresa, los socios deben aportar capital pero pueden no trabajar en la empresa.

Es una empresa recomendada para empresas con pocos socios y que no requieran un gran capital para comenzar la actividad, ya que suelen ser empresas donde los socios no quieren perder el control de la empresa, es por ello que a la hora de vender las participaciones, hay que pedir permiso a los socios y estos tienen preferencia en la compra.

Las características más importantes de una sociedad limitada son:

  • Número de socios: uno o más, si es solo uno se llamaría sociedad limitada unipersonal.
  • Capital mínimo de constitución: Mínimo 1€, divididos en participaciones, capital totalmente suscrito y desembolsado en el momento de la constitución. Mientras el capital de las sociedades de responsabilidad limitada no alcance la cifra de tres mil euros, se aplicarán las siguientes reglas:
    • Deberá destinarse a la reserva legal una cifra al menos igual al 20 por ciento del beneficio hasta que dicha reserva junto con el capital social alcance el importe de tres mil euros.
  • Razón social: Nombre elegido por los socios seguido de las siglas S.L. o S.R.L., en caso de ser unipersonal las siglas son S.L.U.
  • Responsabilidad de los socios frente a las deudas: Limitada al capital aportado
    • En caso de liquidación, voluntaria o forzosa, si el patrimonio de la sociedad fuera insuficiente para atender el pago de las obligaciones sociales, los socios responderán solidariamente de la diferencia entre el importe de tres mil euros y la cifra del capital suscrito.
  • Tributación: Como todas las sociedades mercantiles, tributa por el impuesto de sociedades (I.S.)
  • Transmisión: Restringida, se ha de pedir permiso a los socios y estos tienen preferencia

En la sociedad limitada podemos hablar de dos órganos de decisión y gestión:

  • Administradores y consejo de administración:
    • Gestión y administración de la empresa:
      • No se pueden dedicar a la misma actividad de la empresa por cuenta ajena
      • Elaborar las cuentas anuales
    • No tienen por qué tener la condición de socios
  • Junta general:
    • Formado por todos los socios.
    • Órgano de decisión y deliberación en la empresa.:
      • Aprobación cuentas anuales
      • Decisiones sobre la aplicación del beneficio del ejercicio
      • Nombramiento y destitución de los administradores
      • Censura de la gestión social
      • Modificación estatutos, capital social, tipo de sociedad

Los derechos de los socios o participes de una sociedad limitada son:

  • Derecho al reparto de beneficios en caso de que haya dividendo
  • Derecho al reparto en la liquidación del patrimonio, una vez saldadas las deudas, en caso de quiebra o disolución.
  • Derecho a tanteo en la adquisición de participaciones
  • Derecho a participar en las decisiones sociales
  • derecho a poder ser elegidos como administradores
  • Derecho a información en los periodos establecidos

Puedes ver el vídeo del apartado:

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