9.5. DERECHOS SOBRE EL PROTOTIPO



Al desarrollar un prototipo, es fundamental comprender los derechos que lo protegen. Estos se dividen principalmente en dos categorías: propiedad intelectual y propiedad industrial.

Propiedad Intelectual

La propiedad intelectual protege las creaciones del espíritu humano, es decir que son producto del intelecto, la creatividad y el esfuerzo de las personas y que además, son únicas y personales. Esto incluye:

  • Obras literarias y artísticas, como libros, música, pinturas, esculturas y películas.
  • Creaciones científicas y técnicas, incluyendo invenciones, diseños y software.
  • Composiciones musicales, con o sin letra.
  • Obras dramáticas, coreografías y obras teatrales.
  • Creaciones audiovisuales, como películas y videojuegos.

 La propiedad intelectual busca proteger estas obras, otorgando a sus autores:

  • Derechos morales, como el respeto a la autoría, a la integridad y a la esencia de la creación. 
  • Derechos patrimoniales, es decir que permiten al autor o titular obtener un beneficio económico por la explotación de su obras, este derecho tienen una duración limitada, generalmente hasta 70 años después de la muerte del autor.

En España, la propiedad intelectual se protege principalmente a través de los siguientes mecanismos:

  • Registro de la Propiedad Intelectual: Es el sistema oficial para inscribir y anotar los derechos relativos a obras, actuaciones o producciones protegidas por la ley. Aunque no es obligatorio su inscripción, sirve como medio de prueba de la autoría. La página web del Registro es la siguiente:
  • Legislación: La protección está regulada por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, que aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. Esta ley otorga derechos morales y patrimoniales a los autores sobre sus creaciones.
  • Derechos automáticos: La ley reconoce los derechos de autor por el mero hecho de la creación de la obra, sin necesidad de registro.
  • Acciones legales: Los titulares de derechos pueden emprender acciones legales contra quienes cometan delitos contra la propiedad intelectual, como copiar, falsificar o vender productos protegidos sin autorización.
  • Protección internacional: España es parte de tratados internacionales que extienden la protección de la propiedad intelectual más allá de sus fronteras.
  • Gestión colectiva: Existen entidades de gestión colectiva que administran y protegen los derechos de los autores y otros titulares de derechos, como la SGAE (Sociedad General de autores y editores).
  • Medidas tecnológicas: Se reconoce la protección de medidas tecnológicas que los titulares de derechos pueden implementar para controlar el acceso y uso de sus obras digitales.

Propiedad Industrial

La propiedad industrial otorga derechos exclusivos sobre creaciones inmateriales con aplicación en la industria y el comercio. Se divide en varias categorías:

  • Diseños industriales: Protegen la apariencia externa de los productos.
  • Marcas y nombres comerciales: Protegen signos distintivos que ayudan a diferenciar productos o servicios en el mercado.
  • Patentes y modelos de utilidad:
    • Patentes: Protegen invenciones nuevas, con actividad inventiva y aplicación industrial.
    • Modelos de utilidad: Similar a las patentes, pero para invenciones de menor complejidad técnica.
  • Topografías de semiconductores: Protegen el esquema de trazado de circuitos integrados.

La propiedad industrial tiene las siguientes características:

  • Novedad: Para patentar, la invención debe ser nueva a nivel mundial.
  • Aplicación industrial: La invención debe poder utilizarse en algún tipo de industria.
  • Registro: Es necesario registrar los derechos para obtener protección legal.
  • Temporalidad: La protección tiene una duración limitada, que varía según el tipo de derecho.

En España, la propiedad industrial se protege a través de varios mecanismos legales y administrativos:

  • Registro: Los derechos de propiedad industrial se adquieren mediante el registro en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM).
  • Legislación específica: Existen leyes que regulan cada tipo de propiedad industrial:
    • Patentes y Modelos: Ley 24/2015 de 24 de julio, de Patentes
    • Signos Distintivos: Ley 17/2001 de 7 de diciembre, de Marcas
    • Diseños Industriales: Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial
    • Topografías de semiconductores: Ley 11/1988, de 3 de mayo, de Protección Jurídica de las Topografías de los Productos Semiconductores
  • Derechos exclusivos: El registro confiere al titular derechos exclusivos para fabricar, producir, vender, utilizar y explotar el objeto protegido con una duración determinada, que varía según el tipo de derecho. Por ejemplo, los diseños industriales tienen una protección inicial de 10 años, renovable por otros 10.
  • Acciones legales: Los titulares pueden ejercer acciones legales contra infracciones de sus derechos.
  • Protección internacional: España es parte de convenios internacionales que extienden la protección más allá de sus fronteras.
  • Armonización con la UE: La legislación española está armonizada con las directivas y reglamentos de la Unión Europea en materia de propiedad industrial.

Importancia de la protección para los emprendedores

  1. Protección de la innovación: Impide que otros copien o exploten tu invención sin autorización.
  2. Ventaja competitiva: Ofrece un monopolio temporal sobre la invención, lo que puede ser crucial en el mercado.
  3. Valor añadido: Los derechos de propiedad industrial son activos intangibles que aportan valor a tu negocio.
  4. Internacionalización: Facilita la expansión a nuevos mercados, al registrar la propiedad en varios países y a través de negociación de licencias y patentes.

El siguiente vídeo resume el apartado:


TAREA 1: Una vez que habéis diseñado vuestro prototipo, realizad una investigación determinando:

  1. Qué tipo de protección de propiedad industrial sería más adecuada.
  2. Qué ventajas obtendría la empresa al proteger su invención.
  3. Cómo podría afectar esta protección a futuros emprendedores del mismo sector.

TAREA 2: Lee el siguiente enlace y realiza las actividades que en él se piden sobre el nombre comercial, el logotipo y el eslogan: