En este apartado nos adentramos a estudiar más detalladamente los fallos del mercado, y vamos a comenzar explicando que son los bienes públicos que no hay que confundir con bienes de provisión pública y cuáles son sus características.
DEFINICIÓN BIEN PÚBLICO
Los bienes públicos son bienes que por sus características, el mercado no los asignaría o los asignaría de manera insuficiente porque o bien no son rentables o bien al proveerlos no se tienen en cuenta los beneficios que pueden aportar a la sociedad, por lo que al no tenerse en cuenta esos beneficios se ofertarían de manera insuficiente.
CARACTERÍSTICAS
Para que un bien sea considerado público hay que tener en cuenta dos características:
NO EXCLUIBILIDAD
Una vez que se ha provisto u ofertado el bien, no se puede excluir a nadie de su uso.
Por ejemplo, el alumbrado de una calle o la propia calle, la defensa nacional o el aire que respiramos.
El principal problema de los bienes no excluibles, es el problema del consumidor parásito, consumidor polizón o freerider, una vez que se ha provisto el bien, como no se puede excluir a nadie de usarlo, va a haber consumidores que no están dispuestos a pagar por él, pero sí lo van a usar.
Por ejemplo, una vez que se ha provisto el alumbrado de una calle
- Las personas que han pagado por ese alumbrado disfrutarán de él.
- Las personas que pasen por la luz y no hayan pagado por el alumbrado, también disfrutarán de la iluminación.
Por lo tanto, en estos casos ninguna empresa estaría dispuesta a ofertar el bien, porque habría consumidores que se aprovecharían y no pagarían por el bien y lo tendrían gratis. Estos bienes en principio las empresas no los van a producir porque no son rentables.
NO RIVALIDAD
Un bien es no rival si puede ser consumido en su totalidad y sin pérdida de calidad por más de una persona a la vez.
Ejemplos de bienes rivales podrían ser una playa, una pista de atletismo, una biblioteca o una guardería.
Como vemos, son bienes que pueden ser usados por más de una persona a la vez. Ahora bien, en la definición de la rivalidad nos habla de “sin pérdida de calidad” .
Todos estos servicios, en un principio, si no hay muchos usuarios, no van a tener pérdida de calidad, pero puede llegar un momento en que haya tanta gente usándolo, que nos encontremos con un problema de congestión o de saturación y el bien pase a ser rival.
Por ejemplo, una playa repleta de gente, hace que las personas no estén a gusto, habiendo personas dispuestas a pagar por este servicio, para que no esté saturado, pasando a ser un bien de club.
TIPOS DE BIENES
Teniendo en cuenta estas características nos podemos encontrar cuatro tipos de bienes:
BIENES PRIVADOS PUROS: Son bienes excluibles y rivales, es decir que mediante un precio se puede excluir a las personas de su uso y además solo puede ser disfrutado por una persona cada vez. La mayoría de los bienes que consumimos y compramos son privados, un vestido, una televisión o un coche.
BIENES SEMIPRIVADOS: Son bienes excluibles y no rivales, es decir que se puede poner un precio por su uso, pero que pueden ser usados por más de una persona a la vez, como hemos comentado antes bienes de Club: (Pertenecer a una asociación previo pago de una cuota, Netflix o ser socio de un gimnasio) , la educación y la sanidad también pertenecen a este grupo, ya que podría ser completamente privada teniendo que pagar por su uso
BIENES PÚBLICOS IMPUROS: son bienes no excluibles y rivales, es decir no se puede excluir a nadie de su uso, puede que en un primer momento sean no rivales y sean servicios poco congestionados, pero puede llegar un momento en que se saturen, como una carretera con un atasco, o una calle céntrica en Navidad
BIENES PÚBLICOS PUROS : Son no excluibles y no rivales, es decir no se puede excluir a nadie de su uso y pueden ser consumidos por más de un usuario a la vez sin pérdida de calidad. Por ejemplo el alumbrado de una callea o el aire que antes hemos comentado.
La siguiente tabla resume los cuatro tipos:

BIENES DE PROVISIÓN PÚBLICA
Los bienes públicos puros e impuros deberían ser provistos por el estado, ya que no se puede excluir a nadie de su uso y ninguna empresa estaría dispuesta a ofertarlos, ya que sin pagar se puede hacer uso de él.
Con los bienes semiprivados, habrá que ver si merece la pena que sean públicos y gratuitos o merece la pena subvencionar una parte o considerarlos privados del todo, porque al poder poner un precio por él se tienen distintas formas de actuar.
El estado se debería hacer cargo de la provisión de un bien o de la subvención en su precio, cuando el bien o servicio tenga demanda social y además se contribuya a mejorar el bienestar social, por ejemplo, con la educación o con la sanidad, que podrían ser privadas cobrando una precio, pero como son servicios con muchos beneficios sociales (Externalidades positivas) el Estado se hace cargo de ofertar más plazas de las que habría si solo hubiera educación y sanidad privada.
Para proveer este tipo de bienes, el Estado puede:
- Hacerse cargo de su producción. Por ejemplo, la oferta de la defensa nacional o la oferta de la educación pública.
- Comprar los bienes a empresas privadas, para luego ofertarlos de forma pública. Por ejemplo, la construcción de una carretera o la construcción de un hospital.
- Subvencionar bien en su totalidad o bien parcialmente. Por ejemplo los medicamentos, los medicamentos, el estado los adquiere a las farmacéuticas. Algunos son subvencionados de forma total, es decir que los paga completamente el estado y otros de forma parcial, pagando el estado solo una parte.

La siguiente imagen resume el epígrafe:

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