5.3. RELACIÓN LABORAL Y SU NORMATIVA

Cuando se trabaja por cuenta ajena, es decir contratado por una empresa, se dice que hay una relación laboral.

Las características que tiene que cumplir una relación laboral son las siguientes:

  • PERSONAL: La persona a la que se contrata es la que tiene que realizar el trabajo, no lo puede hacer otra persona en su lugar.
  • REMUNERADA: La persona que trabaja debe recibir un sueldo por su trabajo, renunciando a los beneficios que por el trabajo obtenga el empresario.
  • DEPENDIENTE: La persona contratada debe obedecer las ordenes del empresario o de la persona que este a su cargo, siempre que estén dentro de la legalidad.
  • POR CUENTA AJENA: La persona contratada trabaja para otra persona y el fruto de su trabajo pertenece a la empresa que le ha contratado.
  • VOLUNTARIA: La persona que trabaja decide voluntariamente si trabaja o no.

En la siguiente imagen interactiva puedes ver la explicación de cada una de las características pasando con el ratón por encima de ellas:

La relación laboral está regulada por una serie de normas, las más importantes y que todo trabajador debe conocer son:

En primer lugar hablamos del estatuto de los trabajadores que es la regulación básica que regula la relación laboral, en ella se pueden consultar los deberes y derechos de los trabajadores.

En segundo lugar hablamos de la ley de libertad sindical que regula la creación de sindicatos como organizaciones de representación de los trabajadores.

La normas laborales europeas pretenden armonizar la normativa laboral de la unión europea, ya que al ser un mercado común, hay libertad de movimiento de trabajadores, por lo que la normativa debe tender a ser similar.

El convenio colectivo es un acuerdo resultado de la negociación colectiva, entre representantes de los trabajadores y de los empresarios donde se van a regular las condiciones laborales de un determinado sector, aunque en ciertas empresas grandes pueden tener convenio colectivo propio, las condiciones colectivas pactadas no pueden ser peores que las que marca el estatuto de los trabajadores.

Por último hablamos del contrato de trabajo como un acuerdo privado entre la empresa y el trabajador, donde se regulan las condiciones laborales del trabajador implicado, estas condiciones no pueden ser peores que en el convenio colectivo.

En la siguiente imagen tienes un resumen de la normativa, si pasas encima de cada norma, tienes una breve explicación:

La siguiente imagen resume el apartado:

Puedes ver el vídeo del apartado:

O puedes hacer el edpuzzle: