2.2. EMPRESAS SEGÚN SU FORMA JURÍDICA

En el apartado anterior hemos clasificado las empresas según distintos criterios, en este apartado vamos a clasificar a las empresas según su personalidad que puede ser física o jurídica:

Personalidad física:

Una empresa tiene personalidad física si no está inscrita en el registro mercantil y por lo tanto se regirá en materia de derechos y obligaciones por el código civil.

En una empresa con personalidad física no existe diferencia entre el patrimonio (conjunto de bienes, derechos de cobro y obligaciones de pago) de la empresa y el patrimonio del socio o de los socios, aunque la mayoría de las empresas con personalidad física son individuales es decir solo tienen un socio.

Al no haber diferencia responden ante las deudas con terceros con todo el patrimonio del socio tanto presente como futuro hasta cubrir las deudas.

Personalidad jurídica:

Una empresa adquiere su personalidad jurídica al inscribirse en el registro mercantil, para ello debe dar unos pasos previos como son la certificación negativa del nombre, o la firma de escrituras públicas ante notario.

En el caso de empresas societarias, sociedades o empresas con personalidad jurídica, el patrimonio empresarial está completamente separado y es claramente diferenciable del patrimonio de los socios.

Y en la mayoría de las sociedades la responsabilidad de los socios frente a las deudas se limita al capital aportado.

Dentro de las sociedades mercantiles o con personalidad jurídica vamos a diferenciar tres grandes grupos:

  • Sociedades mercantiles personalistas: Donde se le da importancia a las características de los socios para gestionar la empresa, diferenciando:
    • Sociedad colectiva
    • Sociedad comanditaria simple
  • Sociedades mercantiles Capitalistas: Los socios no tienen por qué gestionar la empresa, por lo que es más importante que aporten capital:
    • Sociedad comanditaria por acciones
    • Sociedad limitada
    • Sociedad anónima
  • Sociedades mercantiles especiales: Priman otros aspectos más que la generación del beneficio como puede ser la generación de trabajo o el bienestar de sus socios:
    • Sociedad Laboral
    • Sociedad Cooperativa

Puedes ver el vídeo del apartado:

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