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UD 4: RELACIÓN LABORAL

Cuando una persona va a empezar a trabajar, puede elegir entre trabajar en una empresa a cargo de un empresario o montar una empresa por si mismo, en el primer caso trabajaría por cuenta ajena y en el segundo por cuenta propia.

En la siguiente imagen se ven las diferencias entre trabajar por cuenta propia y por cuenta ajena.

Si se decide trabajar por cuenta ajena podemos hablar de relación laboral, para que se de una relación laboral se tienen que cumplir las características que se ven en la imagen, cuando pases encima de cada característica veras su significado:

Hay veces que es muy difícil detectar si una relación es por cuenta propia o por cuenta ajena, como el caso de los riders de empresas de mensajería en aplicaciones como GLOVO o DELIVEROO, que en 2021 han conseguido que se les reconozca como falsos autónomos.

Un falso autónomo se debe dar de alta como autónomo para trabajar en una empresa en la que tiene una relación dependiente y renumerada, es decir que realmente tendría que estar contratado y tener los mismos derechos que un trabajador por cuenta ajena: vacaciones, descanso semanal, indemnización por cese de la relación, 40 horas semanales de trabajo, etc.

Sin embargo la empresa que obliga a un trabajador a hacerse autónomo, lo hace porque se ahorra la seguridad social de este trabajador, puede prescindir de este trabajador cuando quiera, y no tiene que pagarle vacaciones, ni descansos semanales.

Es por ello que está figura es perseguida por las inspecciones de trabajo, y en aquellas empresas que se demuestran que hay personas trabajando como falso autónomos son multadas y se le obliga a la empresa a contratar a estos trabajadores.

En la siguiente imagen se puede ver cómo detectar si una relación laboral es de falso autónomo.

Una vez vista la diferencia entre trabajador por cuenta propia y por cuenta ajena, vamos a ver la normativa que regula una relación laboral por cuenta ajena.

En primer lugar hablamos del estatuto de los trabajadores que es la regulación básica que regula la relación laboral, en ella se pueden consultar los deberes y derechos de los trabajadores.

En segundo lugar hablamos de la ley de libertad sindical que regula la creación de sindicatos como organizaciones de representación de los trabajadores.

La normas laborales europeas pretenden armonizar la normativa laboral de la unión europea, ya que al ser un mercado común, hay libertad de movimiento de trabajadores, por lo que la normativa debe tender a ser similar.

El convenio colectivo es un acuerdo entre representantes de los trabajadores y de los empresarios donde se van a regular las condiciones laborales de un determinado sector, aunque en ciertas empresas grandes pueden tener convenio colectivo propio, las condiciones colectivas pactadas no pueden ser peores que las que marca el estatuto de los trabajadores.

Por último hablamos del contrato de trabajo como un acuerdo privado entre la empresa y el trabajador, donde se regulan las condiciones laborales del trabajador implicado, estas condiciones no pueden ser peores que en el convenio colectivo.

En la siguiente imagen tienes un resumen de la normativa, si pasas encima de cada norma, tienes una breve explicación:

Una vez vista la distinta normativa que regula la relación laboral nos vamos a centrar en el contrato de trabajo y sus tipos.

Los contratos de trabajo se pueden clasificar según:

Antes de la reforma laboral de 2022, también se podía hablar de un contrato temporal por obra y servicio, es decir para la realización de un proyecto determinado.

Los principales cambios de está reforma laboral se pueden ver en la siguiente infografía realizada por Juan José Peña, de @Economiahispana:

La siguiente imagen resume los tipos de contrato:

Puedes ver el vídeo del contrato de trabajo:

En el siguiente link puedes ver el genially del tema con la teoría y las actividades planteadas a los alumnos:

Además te puedes descargar el pdf del tema:

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